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Fallos: 52:45 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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DE JUSTICIA NACIONAL 45 de los sellos en este expediente, 30 pesos nacionales en que se estiman los honorarios del fiscal, don Camilo de Groote, y 20'pesos por las del comisionado don Benjamin Dufford, el remanen, te sea distribuido por mitad entre don Gustavo Bellemare, por una parte y don Santiago Baez y don José N. García por la otra, por iguales partes entre ambos. Hágase saber, notificándose en el original.

J. Benjamin de la Vega.

Ante mí:

Federico 1. Bemtes.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Abril 1° de 1893.

Suprema Corte :

Se ha demostrado que las maderas falsamente manifestadas á la Aduana de Formosa, como procedentes de la concesion Cogurno hermanos, del Marové, procedían en su mayor parte del territorio denominado « La Herradura», Que ese territorio fué ocupado en la inteligencia de ser solicitado y obtenido del Gobierno Nacional; pero que no habiéndose acordado tal concesión, ha permanecido sin ocuparse, bajo la inspeccion de la autoridad local.

Que las maderas que habían sido cortadas, quedaron embargadas bajo la inspeccion de la autoridad, y que don Angel Fontana, en el despacho pedido por la Aduana de Formosa, para embarque de maderas de su concesion de Marové en el buque « Vi

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:45 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-45

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