Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 52:402 de la CSJN Argentina - Año: 1893

Anterior ... | Siguiente ...

1875 dejando tres hijos legítimos menores, llamados Joba, ltamon é Isidora, á quienes nombró por tutor á D. Francisco Fi- ° gueroa.

Este se hizo discernir la tutela por el Juez de primera Instancia del Rosario, y fué ú vivir con su familia y con sus pupilos en San Nicolás, enla casa de propiedad de estos, dejada por el padre, donde murieron sucesivamente Ramon, Joba é Isidora Vale's, Existían bienes en el Rosario, y mientras á peticion de unos herederos se abría la sucesion de Isidora en San Nicolás, á peticion de otros se abrió tambien en el Rosario, haciéndose por cada uno de los Jueces de San Nicolás y del Rosario la deelara= toria de herederos á favor de las distintas personas que habían iniciado el juici>, y mandándoles dar posesion de los bienes.

El Juez de San Nicolás inició la contienda de competencia, negúndose el del Rosario ú adherir ú su incitacion, por haber hecho la declaratoria de herederos, y dádoles la posesion, Remitidos por aquel los antecedentes á la Suprema Corte se expidió la siguiente
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Noviembre 25 de 1891.

Suprema Corte:

La contienda de competencia promovida por el señor Juez de San Nicolás al de la ciudad del ltosario, no ha sido trabada en la forma prescrita por los artículos 50 y siguientes de la ley de Procedimientos, Ha sido causa para ello la expuesta por el Agente Fiscal de la ciudad del Rosario en su vista de foja 98

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

54

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1893, CSJN Fallos: 52:402 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-402

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 52 en el número: 402 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos