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Fallos: 5:513 de la CSJN Argentina - Año: 1867

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competente, no es plena en ningun caso, y menos en los juicios criminales, 5 La larga prision sufrida 4 causa de un proceso nulo autoriza el sobreseimiento en la cansa, y la libertad de los proCESAdOS... ..ccorcrrracaroecarrorecareneartarecaccoien ee. ÍA

CAUSA XXV.
Doña Rita Herrera de Contreras, contra D. Patricio Sala, por cobro de pesos.

Sumario.—1° El artículo de o Jrévio pronunciamiento tiene 1 objeto obtener, él que lo deduce, la resolucion de la peicion formulada, antes de todo, 20 La omision de substanciacion de un artículo, no inflere agravio al que lo ha deducido, si se ha deferido 4 la peticion en él contenida.

3 La apelacion no puede admitirse por los aeravios que se provean como posibles, sinó por los realmente inferidos...... 176

CANSA XXVI
Don Tomas Patter, Capitan de la barca inglesa «Sarnia, y con Don Eduardo Madero, sobre cumplimiento de un contrato, Sumario.—En el caso de procederse por la via de apremio contra un deudor, y dada la fianza de ley por el acreedor, este no puede exijir que aquel instaure el juicio ordinario........ 179

CAUSA XXVII
Criminal, contra los autores del movimiento sedicioso del 16 de Agreto de 1867 en la ciudad de Córdoba. Incidentes.

Sumario. —1o Es nulo un auto en que se manda sobreseer en una causa criminal, cuando ha sido pronunciado sin forma de juicio, ' sin prueba alguna y sin audiencia de la parte acusadoro, 2 Si se comete un acto contrario 4 la ley y que coustituya un crímen, obedeciendo órden de un superior, esa órden no es suficiente pora cubrir al ajente, y ponerlo al abrigo de toda responsabilidad penal.

3» El inferior no debe obediencia 4 su superior, »inó cuando ordena en la esfera de sus atribuciones, y en ningun caso cuando el acio ordenado es un delito.

de Este es el espíritu de la ley 5°, Tit, 45, Part. 7a conforme con la doctrina de los jurisconsultos.

5 Siempre que se comete un crimen, la ley presume que se ha cometido voluntariamente y 4 sabiendas; y al acusado incumbe la prueba cuando alega que lo ha ejecutado sin voluntad, forzado, físico 6 moralmente.

6° Los empleados públicos, cuyo nombramiento ha sido debidamente publicado, no necesitan, para presentarse en Juicio, acompañar los documentos que acrediten su personalidad.

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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:513 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-5/pagina-513

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