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Fallos: 49:264 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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284 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE do Mariano Cané, foja..., Alifraudi, foja..., Pastori, foja..., y principalmente del fondero Domingo Salvagno, foja 53, asi como de la estafa le que dice Turra Victorio haber sido víctima, haciéndolo Teófilo Ceballos tirmar un pagaré en eli concepto de ser un telegrama expediente de Ceballos contra Turra por cobro de pesos ), y la de que se queja Esteban Fedrighri. porque se sigue tambien proceso contra Teófilo Ceballos, si bien no guardan una relacion inmediata con la realizala por medio de los cheques y de esos hechos no puede concluirse forzosamente que él tambien sea el autor ie esta última, con todo hace verosímil el hecho y en tal concepto tienden 4 dur más fuerza á los indicios de que se ocupan los considerandos que preceden.

Que estos cargos no se desvanecen con decir que ——siendo Ceballos el que pagó los cheques sería él más bien la víctima de la estafa y no el estafador, porque s sit la ley, estafador es el que obtiene valores valiénd,se de ardides ó estratayemas; pues, aunque Ceballos to se presentase ú la varandilla á hacer el cobro, es indudable que fué un agente y cómplice suyo, siendo en verdad"r quien obtuvo el todo ó parte de los valores, por medio de la artecía de los cheques con tirma falsificada de uno de los clientes del Banco, y en cuanto al pago, aunque Ceballos hiciese la operacion material de pagarlos concurriendo asi á la fácil realizacion de su criminal propósito, el verdadero pagador no fué úl sino el Banco, cuyos dineros entregó.

Tampoco amenguan la responsabilidad Je Ceballos los cargos que resultan contra el auxiliar de caja Alejandro Calderon, ya se le considere coadyuvando inconscientemente úá los designios de aquél, lo que es más

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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:264 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-49/pagina-264

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