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Fallos: 49:241 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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ME JUSTICIA NACIONAL 241 la misma agua que antes del choque y que el maíz no había sufrido por la avería, encontrindose seco y en perfects condicion, excepto unas doce bolsas que estaban siperficialmente manchadas, pero sin haberse averiado el contenido; siendo de observar que el exámen de la carga se realizó el veintineve de Agosto ( fojas ciento siete vuelta y ciento once vuelta), Tercero: Que por disposicion del Señor Cónsul de Rusia se hicieron las pericias que en copia corren á fojas cien vuelta y ciento diez, la primera relativa 4 la avería de la « Iphigenin », y la segunda úá la carga expresindose en esta última, que el maiz se hallaba en mal estado, existiendo algunas holsas con contenido ligeramente calentado y otras en completa fermentación, siendo imposible que el buque levara el cargamento en tales condiciones, Cuarto: Que posteriormente se expidió, tambien por disposicion del Consulado de Rusia, el informe de los capitanes M. Sjólund y A. 'Thomel, que corre á foja ciento dos, del cual resulta que el forro de estiva se hallaba en perfecto estado, notindose con especial aten= —.

cion que las bolsas inmediatas al forro no habían sufrido por falta de buena estiva, Quinto: Que, á consecuencia de la pericia de foja ciento diez, antes referida, practicada por el Señor H. A. Oldemburg, sobre el estado del maiz, con fecha dieciseis de Setiembre, se presentó el capitan Sóderlund al Juzgado de Seccion, pidiendo, á fin de evitar la pérdida de la mercadería, ser autorizado para descargarlusy venderla con citacion de los Señores O. Bemberg y Compañía, los que podrían solicitar un nuevo exámen, si no estuvieran LA 16

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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:241 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-49/pagina-241

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