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Fallos: 49:246 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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—_ 2 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE juicio seguido con el Banco de Italia y Río de la Plata, — Ai tampoco por la diferencia entre el importe de la | fasacion y el de venta dela barca «Iphigenia» pues no consta que la suma prestada lo haya sido en beneticio de la carga, ni se ha probado que el perjuicio en la E venta del buque se haya producido por hechos de los | fletadores.

l Por estos fundamentos: se revoca la sentencia apeJada corriente ú foja ciento sesenta, condenándose á los l Señores O. Bemberg y Compañía 4 abonar al capitan KK. G. Se erlund, dentro de diez días, el importe del | flete estipulado en el contrato de foja noventa y ocho y en los conocimientos, con sus intereses á estilo de Banco, deducidas -las cantidades entregadas ú cuenta, previa liquidacion á practicarse en primera instancin, no haciéndose lugar á los demás pedidos que comprende la demanda.

Notifíquese con el original y repuestos los sellos, devuélvanse, BENJAMIN Paz, en disidencia. — Luis V. VARELA. —ABEL Bazan, —Ocravio BuncE.

DISIDENCIA
Vistos: considerando:

Que la accion intentada en el presente juicio tiene por fundamento los derechos derivados del contrato de fietamento celebrado entre el ftemandante y demandado.

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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:246 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-49/pagina-246

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