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Fallos: 47:374 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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de foja 1, suscrito por los demandados como compradores del campo denominado « El Deseado», situado en el partido de Bolivar, provincia de Buenos Aires, de los que resulta: que demandados los señores Wuille Bille y Block, han reconocido la autenticidad y verdad del boleto de foja 1, objetando únicamente 4 la demanda que si bien aparecen como compradores de Lynch, su verdadero carácter fué el de garantes de la compra que del mismo campo hacía úá Lynch Don José Macia Ortiz, habiéndose convenido que esta garantía, se haría efectiva por medio de doble boleto, siendo uno de ellos el presentado por Lynch 4 foja 1 suscrito por los demandados, y el-otro del mismo tenor, el presentado á foja 10, en el que figura Don José María Ortiz como comprador de Wuille Bille y Block.

Y considerando :

1. Que colocada la cuestion en estos términos, es la cuestion de puro derecho, desde que no hay contradicción sobre los hechos que funda la demanda y se trata solamente de establecer el verdadero carácter del documento de foja 1.

2. Que cualquiera que hayan sido los motivos que hubiesen" determinado al Señor Lynch á exigir á los Señores Wuilie Bille y Block úá aceptar los respectivos vales de comprador y vendedor en el boleto de foja 1, y aun en el caso de que el único en vista hubiese sido que los demandados garantiesen la compra hecha en definitiva por Ortiz, siempre resultará que la voluntad manifestada fué la de obligarse como compradores, y en los contratos la voluntad manifestada es la ley de las partes, — artículo 1037 del Código Civil —y

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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:374 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-374

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