Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 47:170 de la CSJN Argentina - Año: 1891

Anterior ... | Siguiente ...

170 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE Fallo de la Suprema Corte buenos Ares, Enero 28 de 1NUZ, Vistos: Limitándose el auto apelado de foja 47, ú ordenar el comparendo de las partes ú objeto de la exhibicion por el demandado, del instramento del contrato de sociedad que se afirma por el demandante existe, y enya agregación ha sido solicitada por él mismo, sin | contener decision explícita sobre el punto relativo ú la constitucion del tribunal arbitral reclamado por el último; y no existiendo, por consiguiente, sobre este punto materia sobre que pueda recaer un pronunciamiento de esta Suprema Corte-— por esto, y atendiendo á que la parte dispositiva del anto apelado no es por su naturaleza susceptible de apelación por el demandante: no ha lugar á la apelación interpuesta. y devuélvanse estos autos al Juez de Seccion á los efectos á que haya Jugar, con reposicion del papel. .


BENJAMIN VICTOBRICA.—-U. 5. DE
La Torre. — Aver Bazan. — LoS SAENZ PEÑA.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

69

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1891, CSJN Fallos: 47:170 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-170

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 47 en el número: 170 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos