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Fallos: 47:165 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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algun tiempo trató de construir una casa en un terreno esquina de los calles Piedad y Maipú, y con tal motivo pidió planos y presupuestos á varios constructores, entre ellos al actor, con quien llegó 4 ponerse de acuerdo en las bases de un contrato para la construecion del edificio. Que, en consecuencia, el demandante le presentó el proyecto de contrato que acompaña, y mientras lo estudiaba, se convino, para no perder tiempo, en presentar á la Municipalidad la solicitud que prescriben las ordenanzas, siendo por esto que firmó el plano. tQue en este estado sobrevino la crisis que colocó al demandante en la imposibilidad de llevar adelante el contrato. Que no ha habido, pues, más que an proyecto de contrato de locacion de servicios para la construccion de la casa que no produce efecto legal alguno. Que hoy mismo ho está el actor en condicionos de celebrarlo, y en cuanto d él (el demandado) está dispuesto á realizarlo en cualquier momento, siempre que se le den suficientes garantías de solvencia para su fiel cumplimiento. Pidió y que no se hiciera lugar con costas á la demanda.

El Juez recibió despues la causa á prueba en estos términos: Y vistos: á prueba por diez dias, debiendo versar la de testigos sobre si la falta de cumplimiento al contrato, es imputable al actor ó al demandado.

Notificado el actor, expuso: que se oponía al auto de prueba por la forma en que está concebido. Que él ho reclama el cumplimiento de contrato alguno, sinó meramente el cobro de sus honorarios como arquitecto por la confeccion de planos, pliego de condiciones, presupuesto, y ho ha podido recibirse á prueba hechos no

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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:165 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-165

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