CAUSA CXCY
P. Pedro Uhristaphersen contra U. Santeugo Allende, sobre cobro de lanchajes y recunvencion por averías Semario.— 1" 1.1) precio usual de lanchajes en el puerto de Buenos Aires, es ol de la tarifa de la sociedad de laneheros, con el descuento de 20 por ciento, 2" La posibilidad de que la ca'.i8 del daño, baya sido distinta de la ntirmada por los peritos, no desvirtúa las ennclusiones le éstos, reapecto de la misma.
37 El descuento de uso em las rentas ol contudo, no es de aplicacion al importe del Jaño procedente de acerías, 4° T.zs costas del reconocimiento pericial de averías, son de eargo del responsable de estas, 5° No puede haber condenscion en costas, cuándo los ds litigantes han obtenido el recunocimiento de parto de sus pretensiones.
aso.—D, Pedro Christophersen, su presentó ante el Juzgado, exponien"o: .
tue D, Santisgo Allende le es deudor de la suma de 1205 pe
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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:282
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