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Fallos: 41:420 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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cal, denunciada por el Inspector de Aduana Don Manuel Camelino, y considerando:

1° Que por el manifiesto de embarque acompañado en forma auténtica por el Cónsul Argentino en el Salto, República del Uruguay, está probailo concluyentemonte que la chata Oriental del « Paso», de propiedad de Don Juan B. Preve, salió despachada do ese puerto el dia nueve de Juniode 1885 conduciendo con destino á Concordia, puerto argentino, las siguientes mercaderías : un cajon fósforos, 20 cajones Bitter, 20 cajones kerosene, 10 cajones café, B cuartas pipas vino, 20 barricas azúcar, 10 cajones vermouth, 4 cajones café, 4 cajones sardinas y 5 bultos almidon.

Que está igualmente probado por el informe del señor Cónsul de la República del Uruguay, residente en Concordia, espedido con referencia á los asientos del Libro de Registro, quela espresada chata dió entrada en Concordia con carga, el día diez y cho del mismo mes y salió en lastre el mismo dia.

Que es indudable que esa carga la desembarcó en Concordia, desde que salió en lastre el dia mismo de su entrada y que lo hizo sin presentar manifiesto de ella, pugar los derechos de importacion ni llenar las demás formalidades aduaneras establecidas por las ordenanzas vigentes; pues de otra manera nose habría iniciado el sumario administrativo que da origen ú este juicio, ni Preve habría negado, como niega en su declaracion, quela chata del «Paso», de su propiedad, haya hecho operacion de carga en el Salto el nueve de Junio de 1885 y que haya dado entrada en Concordia el diez y ocho de ese mismo mes.

Que la prueba resultante de los informes consulares es tanto más convincente, cuanto segun la declaracion del guarda Benjamin Haiman, confirmada por la del Jefe del Resguardo de Concordia, no es la primera vez que la chata en cuestion descarga mercaderías clandestinamente en la costa argentina, En efecto, el primero, á foja..., dice: Que por el mes de Mayo más 6 menos

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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:420 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-420

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