bre los mismos terrenos y entre las mismas personas, í Fundando la excepcion de incompetencia de jurisdiccion, i dijo: que siendo Casado estranjero, y al mismo tiempo actor en f el juicio seguido con D. Camilo Aldao, ciudadano argentino, | ante la justicia ordinaria de la provincia, ha usado aquel de un ¡ derecho pleno y perfecto al renunciar el fuero federal, que es creado en favor del estranjero, y renunciable por éste como un privilegio cualquiera, y ha podido tambien Casado prorogar la jurisdiccion provincial, que es general y por lo mismo prorogable, sin que pueda Aldao arrancarlo de ella y llevarlo ante la jurisdiccion federal, pues es esta por su naturaleza limitada y restrictiva, no pudiendo ser prorogada sobre personas Ú cosas agenas á ella, y además, porque el juez natural del argentino, es el de la provincia, Corrido traslado de las excepciones, lo evacuó D, José M, Echagúe por D, Camilo Aldao, pidiendo su rechazo con costas.
Respecto de la litis-pendencia alegada, dijo : Que se había in= currido en graves errores al relacionar lo pasado ante el Juez de provincia.
Que iniciados los autos por el Agente Fiscal para expropiar unos terrenos de Aldao (en 1982), se nombraron peritos, y se practicó la tasacion, y compareció Casasado (ú principios de 1883) pidiendo la anulacion de lo actuado y declarando lo siguiente (foja 41): < Además hay otra circunstancia que influye tambien direstamente para que se anule todo lo actuado; y ella consiste en que este juicio se ha seguido con D), Camilo Aldao equivocadameste, pues éste no es dueño de la manzanu ubicada entre las calles 9 de Julio, General Lopez, Chacabuco y Esmeralda, que, separada por la primera de estas calles se encuentra al costado de la manzana donde existe un galpon del ferro carril, y en donde se hizo la inauguracion de esta via férrea; teniendo entendido por mi parte que en vez de pertenecer ese terreno ú D. Camilo Aldao, pertenece en parte á la señora
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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:352
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