204 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre 4 de 1890.
Vistos: Bastando á cubrir el valor del documento de foja primera y el de los arriendos posteriores, segun lo demuestra la sentencia apelada de foja ochenta y una, las entregas que de los recibos de fojas cuarenta, cuarenta y una y cuarenta y dos, resulta haber hecho el ejecutado al ejecutante en pago de dichos créditos, y no habiendo el último acreditado suficientemente que "1 valor de los arriendos mencionados haya sido mayor que el reconocido por el ejecutado, ni que el arrendamiento se haya estendido al año de mil ochocientos ochenta y siete como se pretende por el recurrente : se confirma con costas la sentencia referida y repuestos los sellos devuélvanse.
BPNJAMIN VICTORICA. — FEDERICO
IBARGÚREN. —C. S. DE LA TORRE.
—- LUIS Y. VARELA. — ABEL BA=
ZAN.
Compartir
55Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1890, CSJN Fallos: 40:204
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-40/pagina-204¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 40 en el número: 204 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
