foja ciento treinta y uno, y se declara no haber lugar áls estradicion pedida de los detenidos ya nombrados Marius Brun y Cárlos Sartoris, quienes deberán ser puestos inmediatamente en libertad. Hágase saber, líbrense las órdenes necesarias y pásese esto proceso original al Ministerio de Relaciones Esteriores á los efectos del artículo seiscientos cincuenta y mueve del Código de Procedimientos, dejándose la correspondiente constancia.
BENJAMIN VICTORICA. — FEDERICO
IBARGÚREN.—€C. 5. DE LA TORRE.
— ABEL DAZAN.
CAUSA CXVIII
D' Gregoria Palacios de Durand, contra D. Pablo Ferrando ; sobre rescision de contrato de locacion Sumario. — El destino abusivo de casa de prostitucion dado ála casa alquilada, por el sub-arrendatario de ella, es causa de rescision del contrato de loeacion.
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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:103
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