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Fallos: 39:326 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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Fallo del Juez de Seccion Rosario, Enero 20 de 1888.

Vistos estos autos sobre desalojo de un campo, situado en esta provincia hácia la parte Norte, denominado « Belgrano », iniciados por Don Benito Ramayon, contra Don Mariuno Lopez y Don Félix Pujato, resulta:

Que por las diversas escrituras de venta, corrientes de foja 1 úfoja 17, esta propiedad se transfirió sucesivamente del CGobierno de la Provincia, al actual demandante, Que con fecha 28 de Junio de 1884 (f, 9 vuelta), se verificó la escrituracion á favor de Lalanne por Bedoya, y Lalanne transfirió entónces, esta propiedad al señor Ramuyou en 28 de Enero de 1886 (f. 11).

Que en 9 de Febrero de 1886, fueron recien protocolizadas conjuntamente estas diversas y anteriores escrituras (f. 12).

Que en 10 de Noviembre de 1884, es decir ú más de los cuatro meses de la enagenacion hecha por Bedoya del campo materia de esta cuestion en favor de Lalane, Don Valentin Couchet, haciendo uso del poder conferido á su favor por Bedoya en 10 de Diciembre de 1882 (f.22), da en arrendamiento este mismo campo á Don Valentin Lauteiro, por el término de diez años y demás condiciones allí estipuladas (f, 24 vuelta).

Que con fecha 14 de Julio de 1885, Lauteiro transfiere mediante la suma de tres mil pesos, su contrato de locucion á los demandados (f. 25).

Que abierta la causa á prueba, solo se ha producido la de las consignaciones hechas por los demandados, en favor de Bedoya, del pago de dos anualidades por arrendamientos, de que instruyen las diligencias de foja 44, y cuya vonsignacion fué rechazada por Bedoya, manifestando no ser acreedor de los de

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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:326 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-39/pagina-326

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