498 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE que la propiedad no sufra perjuicio alguno por efecto de la obra; <4" El propietario resérvase el derecho de inspeccionar sobre la misma obra para que los trabajos se hagan en las condiciones convenidas y pudiendo, por lo tanto, vigilar el estricto cumplimiento del artículo 3° de este contrato, mientras se lleve á cabo la construccion, y una vez esta terminada, sin que haya motivado durante la daracion de los trabajos á observacion alguna de parte del propietario, su solidez será de hecho reconocida y nuestra responsabilidad á salvo por cualquier accidente ulterior que pudiera sobrevenir á consecuencia de causas estrañas € imposibles de preveer ; k <5" No podemos trasferir este contrato sin su consentimiento prévio y en el casu de suspension do nuestros negocios por cualquier causa, queda de hecho rescindido, quedando tambien de su propiedad las mejoras realizadas, Sin más saludamos ú Vd. muy atentamente. — 5. S. 5. — Monsegur y €° ».
2. De Monsegur y C° al Dr. Ocantos. — 4 de Junio de 1887, « Cúmplenos avisar á Vd. que á contar desde el 4" de Julio próximo, se servirá Vd. mandar cobrar, calle Piedras N° 69, los alquileres del loral de la calle de Chacabuco N" 33.
« Con tal motivo me es grato saludar á Vd. muy atentamente.
— Monsegur y €". » . 3', Del Dr. Ocantos á Monsegur y €". — 0 de Junio de 1887.
«€ Quedo enterado del aviso de Vds. en nota fecha 4 del cor— riente.
«Pero si él importare subarriendo ó trasferencia de nuestro contrato, me permito recordar á Vds. que por el artículo final del mismo, les está probibido hacerlo sin mi consentimiento prévio.
« Esperando una esplicacion al respecto, saluda á Vds. muy atentamente. — José A. Ocantos. > 4°. De Monsegur y €° al Dr. Ocantos. —7 de Junio de 1887,
Compartir
50Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1889, CSJN Fallos: 38:498
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-38/pagina-498¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 38 en el número: 498 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
