tencia apelada de foja cien vuelta; y devuélvanse previa reposicion de sellos.
ULADISLAO FRÍAS. — FEDERICO I5ARGÚREN, — €. S. DE LA TORRE.—
EEIS Y. VARELA.
CAUSA LXIL (
Adolfo Posse y hermano, contra Fraugont, Parpagliont y €, por cobro de pesos; sobre pago ú oro, y multa por infraeción r la ley de sellos.
Sumario. —V La disposicion del artículo 37 de la ley nacio= nal de inconversion de 13 de Octubre de 1887, no es inconstitucinnal.
2" Las cuentas corrientes no se hallan sujetas 4 la escala de la ley de sellos por sus saldos deudores, Caso. — En cuatro de Agosto de 1885 se presentaron al Juze 1 Habiéodose modificado el personal de la Suprema Corte, esta cansa fué vista nuevamente ro fecha 17 de Junio de 1889, LE 17
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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:177
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