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Fallos: 347:883 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires 6 de agosto de 2024.

Vistos los autos: "Baz Barboza, Claudio Marcelo c/ EN - M Interior OPyV - DNM s/ recurso directo DNM".

Considerando: Que el recurso extraordinario no rebate todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada.

Por ello, habiendo dictaminado la señora Procuradora Fiscal y tomado intervención el señor Defensor General Adjunto de la Nación, se lo desestima. Con costas. Notifíquese y devuélvase.

Horacio RosATTI — CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ (en disidencia) —
JUAN CARLOS MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI.
DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE Doctor Don CARLos

FERNANDO ROSENKRANTZ
Considerando que:

1) Mediante la disposición SDX 25057/2013 el Subdirector Nacional de Migraciones canceló la residencia permanente otorgada el 25 de marzo de 1993 a Claudio Marcelo Baz Barboza —migrante de nacionalidad uruguaya—, declaró irregular su permanencia en el país, dispuso su expulsión del territorio nacional y prohibió su reingreso por el término de quince años (conf. fs. 50/53 del expediente DX n° 8095 10/2005, acompañado en copia certificada).

Para ello, tuvo en cuenta que el 9 de mayo de 2007 el Tribunal Oral en lo Criminal n° 7 condenó al actor a la pena única de tres años y seis meses de prisión, comprensiva de dos delitos diferentes: a) tentativa de robo en dos oportunidades; y b) robo agravado por efracción que anteriormente había dado lugar a la suspensión del juicio a prueba.

Por lo tanto, consideró que la situación encuadraba en lo dispuesto en los artículos 29, inciso c, y 62, inciso b, de la ley 25.871.

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:883 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-883

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