Federal n° 3, fundado en esta instancia por el Defensor General Adjunto de la Nación Dr. Julián Horacio Langevin.
Tribunal de origen: Juzgado Criminal y Correccional Federal n" 6.
INDAR TAX SA c/ G.C.B.A. y Otros s/ IMPUGNACIÓN ACTOS
ADMINISTRATIVOS S/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONCEDIDO
PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La sola alegación de que una norma vulnera la Constitución Nacional no satisface la exigencia de debida fundamentación, en los términos del art. 15 de la ley 48, si no se expresan razones justificantes de tal aserto, como tampoco es suficiente, a tal fin, la reiteración dogmática de meras manifestaciones, opuestas con anterioridad y atendidas, a su turno, por los jueces de la causa.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD
La declaración de inconstitucionalidad de una norma implica un acto de suma gravedad institucional, de manera que debe ser considerada como ultima ratio del orden jurídico y está a cargo de quien afirma la irrazonabilidad de una norma la fundamentación adecuada de su aseveración.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD
Cabe rechazar el argumento del apelante en torno a que los arts. 41 bis de la ordenanza 41.815 y 3" de la ley 787 de la Ciudad de Buenos Aires establecen la caducidad de la licencia como única sanción para el supuesto de que un chofer no habilitado se encontrara manejando un taxímetro sin contemplar atenuantes ni tampoco supuestos de excepción, pues parecería que lo pretendido, más que el control de constitucionalidad de la norma, sería obtener una norma confeccionada y sancionada a su medida y una decisión en ese sentido importaría, indefectiblemente, en una intromisión
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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:165
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