Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 345:1257 de la CSJN Argentina - Año: 2022

Anterior ... | Siguiente ...

del art. 55, inc. a, de la ley 27.260, las multas que la Dirección General de Aduanas (DGA) había impuesto a YPF S.A. en los términos del art.

954, ap. 1, inc. c, del CA.

2 Que contra tal decisión, la DGA interpuso el recurso extraordinario, que fue concedido por la cámara únicamente en lo atinente al alcance e interpretación de normas de carácter federal, y rechazado en lo relativo a la arbitrariedad y gravedad institucional endilgadas conf. auto de fs. 335/335 vta).

3 Que el recurso extraordinario interpuesto es admisible toda vez que se ha puesto en tela de juicio el alcance e interpretación de preceptos federales (leyes 22.415 y 27.260, sus normas reglamentarias y modificatorias) y la decisión definitiva del superior tribunal de la causa ha sido contraria al derecho que el recurrente ha sustentado en ellas art. 14, inc. 3", de la ley 48). Al no existir constancia de la presentación de la pertinente queja por la denegación parcial, la apelación extraordinaria se halla circunscripta al examen de la cuestión federal (Fallos:

319:288 , entre otros).

4) Que se encuentra en discusión si las multas impuestas a la actora por aplicación del art. 954, ap. 1, inc. c., del CA se encuentran alcanzadas por los beneficios de la condonación establecida por la ley 27.260.

En las presentes actuaciones el Administrador de la Aduana de Comodoro Rivadavia exigió a YPF S.A. el pago de diferencias por derechos de exportación correspondientes a los permisos de embarques 02014 EC01 000391 W y 02 014 EC01 000620 R mediante los cargos 42/07 y 43/07, confirmados por las resoluciones (AD CORD) 219/08 y 220/08.

Asimismo, instruyó un sumario por presunta infracción al art. 954, ap.

1, inc. e, del CA que culminó con el dictado de las resoluciones (AD CORD 51/11 y 52/11, aquí impugnadas, que aplicaron a YPF S.A. sendas multas por la comisión de la infracción prevista en el mencionado inc. e, del art. 954 del CA.

YPF S.A. se acogió al régimen de regularización de deudas establecido mediante la ley 27.260, desistió del recurso de apelación interpuesto y renunció a "toda acción y derecho por los importes reconocidos, a fin de incluir en el régimen referido, el importe neto de los tributos, con más los intereses correspondientes, calculados en los

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

38

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2022, CSJN Fallos: 345:1257 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-1257

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 345 Volumen: 2 en el número: 383 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos