en orden a que ni la ley 24.901 ni su reglamentación (resolución 428/99 del Ministerio de Salud) contemplan prestaciones específicas para "geriatría" y que solo refieren a la modalidad "hogar permanente", cuestionamiento al cual el a quo no dio respuesta alguna.
DERECHO A LA SALUD
Es arbitraria la sentencia que condenó a la Caja de Seguridad Social para Escribanos de la Provincia de Buenos Aires a brindar cobertura de internación en un geriátrico, pues no abordó las relevantes alegaciones de la apelante, fundadas en las disposiciones de la ley provincial 6983 que regla su actuación y determina el alcance de las prestaciones que reconoce a sus afiliados, entre las que estaría regulado un subsidio especial por geriatría.
ACCION DE AMPARO
Corresponde rechazar el recurso interpuesto contra la sentencia que condenó a la Caja de Seguridad Social para Escribanos de la Provincia de Buenos Aires a brindar cobertura de internación en un geriátrico, pues los agravios relacionados con la inaplicabilidad de la ley 24.901 y, por ende, con la improcedencia del amparo, son una reedición de los formulados ante la cámara, y no se hacen cargo de todos y cada uno de los fundamentos dados por el a quo para considerar que -a pesar de que la demandada no integraba el sistema de las leyes 23.660, 23.661 y 24.901debía hacerse cargo de las prestaciones que requiere la demandante, discapacitada, con los alcances establecidos en la última ley citada, que establece un piso mínimo para la atención de personas con necesidades especiales (Disidencia del juez Rosatti).
RECURSO EXTRAORDINARIO
Cabe rechazar el recurso interpuesto contra la sentencia que condenó a la Caja de Seguridad Social para Escribanos de la Provincia de Buenos Aires a brindar cobertura de internación en un geriátrico, pues lo planteado en relación a la residencia donde se encuentra internada la actora resulta ser el fruto de una reflexión tardía y no corresponde que la Corte se involucre en un debate clausurado en etapas anteriores del proceso, en tanto ello afectaría gravemente el derecho de defensa de la actora discapacitada, que se vio impedida
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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:1211
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