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Fallos: 344:3737 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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objeto de la cautelar dictada en relación al petitorio de la causa a la que nos presentamos".

23) Que el 17 de septiembre de 2020, se presentan como terceros interesados, 25 personas, entre ellos dos adolescentes, habitantes de la ciudad de San Nicolás, "expresan que padecemos sistemáticamente al igual que el conjunto de la población, las consecuencias de las quemas en las islas del Delta", para formular adhesión a los términos del amparo en curso. Acompañan como pruebas notas periodísticas.

24) Que la Asociación Civil por la Justicia Ambiental, y la Asociación Foro Ecologista de Paraná, presentaron una denuncia de hechos nuevos, y reiteraron el pedido de la medida cautelar solicitada en la demanda, correspondientes a los incendios del 4 de julio de 2020, ocurrido en las islas entre Paraná y Santa Fe, del río Paraná, y del 6 de julio de 2020, en el que se volvieron a registrar focos ígneos en las islas entrerrianas frente a la ciudad de Rosario; asimismo denuncian que el 9 de julio de 2020, se visibilizaron nuevas quemas de gran magnitud a la altura de la naciente del río Pavón, del departamento Victoria, frente a la localidad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, y el domingo 12 de julio de 2020 en el que se registra un frente de fuego en lasislas Villegas, punto sur de la intersección con el arroyo Timbocito, calculándose unas 400 hectáreas afectadas.

25) Que el 23 de septiembre de 2020, estas mismas entidades, acompañan copia de recortes periodísticos, con la pretensión de acreditar que los incendios en las islas no cesan y el humo vuelve a intoxicar el aire en Rosario, como asimismo de la lucha de los brigadistas por combatir el fuego, de la intervención con avión hidrante el 22 de septiembre de 2020, y que levantan un terraplén ilegal en el Delta.

Asimismo, reiteran el pedido de cautelar, al mismo tiempo que solicitan se ordene lo requerido al punto 3 de la medida cautelar, para que se genere en un plazo perentorio, información catastral completa, que detalle los titulares de los predios privados e individualice las parcelas públicas en el Delta del Paraná, con fundamento en el hecho que "mientras las organizaciones ambientales, ciudadanos, niños y niñas reclaman por distintos medios, los propietarios y empresas siguen su camino constante de la destrucción, sin que a la fecha se cuente con información catastral de los poseedores o titulares dominiales de todas estas tierras".

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:3737 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-3737

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