facultad la gestión y el monitoreo del área, con el necesario seguimiento de la Corte Suprema, hasta tanto se declare a todo el Humedal Delta del Paraná en riesgo por el cambio climático, considerándolo en su integridad como un ecosistema esencial para las posibilidades de adaptación al cambio climático por parte de las poblaciones que viven en toda la región.
2) Ordene la prohibición y suspensión de cualquier actividad de quema, desmonte, remoción de suelos, obras e intervención humana que altere el ecosistema del Delta del Paraná, para evitar en lo sucesivo la reiteración de daños ambientales y hasta tanto se determine un nuevo ordenamiento en el uso del suelo de la región, que salvaguarde el ecosistema.
3) Ordene la generación, en el perentorio plazo de 90 días, de la información catastral y dominial completa que detalle los titulares de los predios privados e individualice las parcelas públicas en el Delta del Paraná, especificando en todos los casos quiénes están en posesión de estas y qué tipo de actividades se están realizando. En el caso de parcelas públicas, se ordene la sistematización de los permisos de usos vigentes y el destino productivo de cada parcela.
Requieren que no se establezca contracautela y, para el caso que se entienda que resulta necesaria, solicita que se disponga una caución juratoria, pues -en su opinión- la imposición de otro tipo de caución implicaría una innecesaria restricción de su derecho de acceso a la justicia. En atención a la urgencia que pone de manifiesto, deja en el escrito de inicio prestada la caución juratoria.
19) Que solicitan en virtud de lo dispuesto por el artículo 32 de la ley 25.675, se plasme la gratuidad en este proceso. Dice que "la imposibilidad de afrontar costos y costas nunca puede ser óbice para la efectiva protección de nuestro ambiente", que se procura mediante un proceso que no involucra reclamos pecuniarios, sino que apela a la máxima protección de un ecosistema vital para la mitigación del cambio climático. Finalmente, invoca el artículo 55 de la Ley de Defensa del Consumidor, que prevé el beneficio de la justicia gratuita y entiende se inspira en principios similares (pto. 13 de la demanda).
20) Que ofrecen prueba documental, proponen prueba de informes, solicitan la convocatoria a una audiencia pública de carácter in
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:3735
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