penal- conlleva no solo la lesión de los derechos con relación a los cuales se adoptó el criterio respectivo y la vulneración del derecho a un pronunciamiento sin dilaciones indebidas, sino el riesgo cierto de que se dicten sentencias contradictorias, por lo que la igualdad y la seguridad jurídica se ven necesariamente socavadas.
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA
Si las sentencias de los tribunales se apartan de los precedentes de la Corte sin aportar nuevos argumentos que justifiquen modificar la posición sentada por el Tribunal, carecen de fundamento.
PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL
En razón de que podría encontrarse prescripta la acción en los autos principales, corresponde ordenar la suspensión del presente recurso de queja, para que el juzgado de origen, previa verificación de la concurrencia o no de la causal de interrupción prevista en el inciso a del art. 67 del Código Penal, se expida sobre la cuestión (Voto del juez Rosenkrantz).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de noviembre de 2021.
Autos y Vistos; Considerando:
1 Que con fecha 30 de octubre de 2014, el Juzgado en lo Correccional n° 1 del Departamento Judicial de Morón, condenó a Jorge Alonso Armesto Mawiel a la pena de diez meses de prisión de ejecución condicional por el delito de amenazas simples, sentencia que fue confirmada por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Morón el 9 de marzo de 2015. Este último decisorio fue impugnado por la defensa mediante recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, cuya denegación derivó en la interposición de queja ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la cual fue rechazada por dicho tribunal el 12 de agosto de 2015.
Al respecto, el supremo local entendió que "la presentación directa no
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:3433
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