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Fallos: 344:3253 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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TELEFONIA CELULAR
La sentencia que rechazó la acción promovida por una empresa de telecomunicaciones contra un municipio a fin de que se declare inconstitucionalidad de la ordenanza que reglamenta el emplazamiento, instalación y habilitación de antenas destinadas a la trasmisión de datos, comunicaciones, telefonía celular y prestaciones de servicio de radiofrecuencia debe ser confirmada, pues si bien la actora manifestó que ella provocaría la paralización del servicio de telecomunicaciones móviles en franca violación de los derechos de los usuarios, no produjo prueba concluyente de una afectación permanente o que perdure luego de reestructurada o rediseñada la arquitectura de la red, que es precisamente el punto dirimente para configurar una interferencia de carácter funcional (Disidencia de los jueces Rosatti y Maqueda).

TELEFONIA CELULAR
Cabe confirmar la sentencia que rechazó la acción promovida por una empresa de telecomunicaciones contra un municipio a fin de que se declare inconstitucionalidad de la ordenanza que reglamenta el emplazamiento, instalación y habilitación de antenas destinadas a la trasmisión de datos, comunicaciones, telefonía celular y prestaciones de servicio de radiofrecuencia, pues los potenciales trastornos económicos y/u operativos que podría acarrear la reubicación de los soportes (no cuantificados por las prestadoras del servicio) resultan, por sí, insuficientes para tener por acreditada una interferencia funcional en el establecimiento de utilidad nacional, en tanto la cláusula del artículo 75, inciso 30, apunta a resguardar el adecuado funcionamiento del servicio de jurisdicción nacional, de un modo compatible con las atribuciones locales Disidencia de los jueces Rosatti y Maqueda).

TELEFONIA CELULAR
Corresponde confirmar la sentencia que rechazó la acción promovida por una empresa de telecomunicaciones contra un municipio a fin de que se declare inconstitucionalidad de la ordenanza que reglamenta el emplazamiento, instalación y habilitación de antenas destinadas a la trasmisión de datos, comunicaciones, telefonía celular y prestaciones de servicio de radiofrecuencia, pues aun cuando resulte evidente que la reglamentación municipal genera la necesidad de realizar nuevos ajustes a la actividad de la empresas actora, las alegaciones genéricas respecto de que ella afectaría un servicio regulado por el Estado Na

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:3253 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-3253

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