voto de la mayoría, se considera de suma importancia lo manifestado en la historia clínica por los médicos que la atendieron a partir de aquel momento, sobre todo al sostenerse que la damnificada nunca logró superar el cuadro séptico que la aquejaba, a pesar de aquella intervención, y que ello le produjo una coagulación intravascular diseminada que le terminó causando el edema pulmonar decisivo para su muerte (cf. fs. 50 vta./6).
Sin embargo, como surge del mismo voto mayoritario, tales médicos que atendieron a la damnificada durante su permanencia en la unidad de terapia intensiva nunca afirmaron en la historia clínica que la paciente presentara una coagulación intravascular diseminada, sino que, en rigor, señalaron que presumían la existencia de esa patología o que advertían una alta presunción al respecto a raíz de ciertos síntomas que observaban (cf. fs. 52 y 56 vta.).
Sobre el particular, en el voto minoritario de la misma sentencia se recuerda que, al ser interrogados en el debate, aquellos mismos médicos confirmaron que sólo expresaron una opinión, basada en su interpretación o presunción frente a los síntomas de la víctima, al dejar sentado en su historia clínica que habría presentado una coagulación intravascular diseminada. Uno de ellos, el doctor Geuna, aclaró incluso que una cosa es lo que ellos pudieron interpretar en ese momento, y otra distinta es lo que diga la autopsia, según surge del mismo voto (fs. 71).
Pues bien, el voto de la mayoría se basa, como se ha dicho, en lo afirmado en el informe sobre la autopsia y lo dicho en el debate, en el mismo sentido, por el forense Moyano, ya que se descartó lo declarado por el coautor de tal informe —el médico Molteni- por las graves contradicciones en las que incurrió, las cuales llevaron a considerarlo un testigo falto de seriedad y credibilidad, como se ha señalado previamente (cf. supra, punto II).
En tal voto se recuerda que Moyano, previo a afirmar que la causa de muerte de la damnificada fue una sepsis generalizada, declaró que él y Molteni habían visto, al realizar la autopsia, órganos congestionados, lo que sería parte de la sepsis, y que esto habría sido confirmado en opinión del forense- por el informe anatomopatológico, por lo que cabía concluir que hubo una vasocongestión difundida (fs. 59 vta.).
Sin embargo, como se ha dicho (cf. supra, punto IID, el especialista que realizó el informe anatomopatológico negó que de éste surgiera la existencia de una sepsis, es decir, exactamente lo contrario a lo declarado por Moyano.
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:2986
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