Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 344:2984 de la CSJN Argentina - Año: 2021

Anterior ... | Siguiente ...

el material idóneo para la detección de la patología que, según esa parte, fue la causa de la muerte de la damnificada (fs. 103 vta./104).

En el citado voto en disidencia se aclara que, lamentablemente, los forenses ni siquiera conservaron las piezas de material fresco que habrían permitido una nueva autopsia. Y al declarar en el debate, como se afirma en el mismo voto, el médico Moyano dijo que, en su opinión, la autopsia que realizó junto a su colega Molteni no era necesaria, porque "la historia clínica dice todo". Reconoció que el fiscal le manifestó que la autopsia la hicieran "con los aportes" de la historia clínica, y que él y Molteni tenían entonces que "ver si había concordancia con la historia clínica y tratar de llegar a un diagnóstico", por lo que no consideró necesario "hacer una autopsia completa del corazón, tiroides, sistema nervioso central, cerebelo y tronco encefálico, de vías aéreas para conocer el estado de la lengua... bronquios... corazón... porque la patología no era esa... la patología la explica perfectamente la historia clínica". A lo que el doctor Molteni agregó que no estudiaron el cadáver, porque la causa de muerte "ya estaba dada enla historia clínica" (fs. 34 vta).

Entre las contradicciones en las que los forenses incurrieron en el debate, se señala que el doctor Moyano dijo que no habían visto ninguna anomalía en la configuración interna del corazón, tal como surgía de la fotografía agregada como prueba, tras lo cual debió admitir que tal fotografía no existía (recuérdese, a este respecto, que Moyano también admitió que no habían realizado una "autopsia completa del corazón"). Y su colega Molteni fue incluso más allá al declarar que habían "abierto" el corazón y presentaba "coágulos cruóricos"; que no encontraron alteraciones macroscópicas; que habían abierto también la arteria pulmonar; que no encontraron trombos; y que habían tomado fotografías, tras lo cual, al advertírsele que esas fotografías no existían, terminó reconociendo que, en verdad, no habían analizado el corazón (fs. 35 vta).

Luego, el doctor Molteni declaró -como surge nuevamente del voto disidente citado- que él y Moyano encontraron órganos que los hacían sospechar que había habido un cuadro de sepsis o de shock séptico, pero que esa sospecha, basada en lo que ellos vieron macroscópicamente, debía confrontarse con el informe del anatomopatólogo pues, a su entender; ese informe es "soberano". Y precisamente de tal informe, como lo aclaró su autor, el doctor Spitale, surge que los órganos examinados no estaban afectados de shock séptico (fs. 73 vta.).

Tales consideraciones, desarrolladas en el voto en disidencia de la sentencia de condena, fueron replicadas por la defensa en su recurso de casación (fs. 96/101), pese a lo cual, como se ha dicho, tuvieron como

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

92

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2021, CSJN Fallos: 344:2984 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-2984

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 344 Volumen: 3 en el número: 362 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos