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Fallos: 344:2979 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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La parte sostiene que la decisión del a quo es arbitraria en tanto replica el supuesto vicio que también advierte en la resolución dictada por la cámara de casación, es decir, la omisión de valorar prueba y argumentos conducentes para la adecuada solución del caso. En particular, afirma que ambos fallos se limitan a considerar lo que habría ocurrido antes de la intervención quirúrgica que el condenado le realizó a la damnificada, sin tener en cuenta la prueba referida a su evolución posterior y a la causa de su muerte, que no habría sido -según los recurrentes- una sepsis generalizada, como se afirma en la condena, sino una hemorragia subaracnoidea, provocada por la rotura de un aneurisma (ACV), que no es atribuible a la conducta de Ne A ese respecto, recuerdan las declaraciones de dos médicos que habrían atendido a Sc en el sanatorio y de otros dos que fueron convocados al debate como peritos no oficiales, así como las constancias de la historia clínica, de la autopsia y del informe anatomopatológico. Con base en este informe y lo declarado por su autor, el anatomopatólogo Luis Santos S la defensa cuestiona incluso las conclusiones de los galenos del Cuerpo Médico Forense de la provincia de Entre Ríos que realizaron la autopsia, pues ellos habrían afirmado que encontraron órganos cuyo estado les hacía sospechar un cuadro de sepsis o shock séptico, pero de aquel informe, según la parte, no surgiría el cuadro invocado (fs. 279 vta./282).

Por otro lado, los recurrentes también descartan que la damnificada haya muerto a causa de una coagulación intravascular diseminada, como se habría sostenido en la condena. Ponderan a ese respecto la declaración de otro perito no oficial y de dos médicos que atendieron a S durante su internación, quienes habrían coincidido en cuanto a que no había elementos para sostener que hubiera sufrido aquella patología luego de su intervención quirúrgica. También señalan que uno de los médicos que realizó la autopsia habría reconocido que no puede concluirse que hubo coagulopatía con recuento de plaquetas normales, y que, según surgiría de la historia clínica, la damnificada habría presentado un valor de plaquetas por encima de los normales antes de su fallecimiento. Por último, añaden que el médico S habría dicho en el juicio que no halló ninguno de los elementos anatomopatológicos que revelarían una coagulación intravascular diseminada, y que la biopsia que realizó ese mismo médico confirma que no había signos de peritonitis -sepsis- al momento del deceso (fs. 282/285).

En conclusión, sostienen que $, tras la intervención quirúrgica que le practicó el acusado, habría superado y revertido el cuadro séptico que padecía, por lo que la causa de su muerte no habría sido la indicada en la sentencia de condena. Sin embargo, esa sentencia y las reso

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:2979 
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