DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
T-
Contra la resolución del Juzgado Federal n° 2 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires, que concedió la extradición de Horacio Alberto R al Reino de España (fs.
455/463), la defensa interpuso recurso ordinario de apelación (fs. 465), que fue concedido y mantenido en esta instancia por la señora Defensora General de la Nación (fs. 466 y 473/479).
El nombrado es solicitado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, para cumplir la pena de nueve años de prisión a la que fue condenado por sentencia -firme desde el 15 de junio de 2006- como autor de los delitos de apropiación indebida agravada y estafa agravada.
I-
La impugnación se funda en las siguientes consideraciones:
1. En primer término afirma que, según la legislación argentina, ha ocurrido la prescripción de la pena impuesta al señor R. Para ello sostiene que el a quo ha incurrido en una confusión, al valorar como actos interruptivos de esa clase de prescripción, supuestos sólo aplicables a la prescripción de la acción penal.
2. Además, postula que ha existido una afectación a la garantía de imparcialidad del órgano judicial en tanto fue el propio juez quien, de oficio y anoticiado por la defensa al inicio del trámite, sin intervención del fiscal, concedió en dos oportunidades un plazo al Estado requirente para completar el pedido formal, asumiendo directamente el interés de la extradición que está reservado al Ministerio Público Fiscal.
3. Por otra parte, y en forma subsidiaria, reclama que de no considerarse procedentes los agravios anteriores, se haga lugar a la opción de su asistido para cumplir la pena en la Argentina, con base en lo dispuesto en los tratados suscriptos por ambos Estados sobre Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal y sobre Traslado de Nacionales Condenados, ratificados por las leyes 23.708 y 24.036 respectivamente.
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:1366
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