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Fallos: 344:1107 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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tamentales a un juzgado de primera instancia debe ser revocada, pues se aprecia que más allá del cumplimiento de los aspectos relativos al plano institucional, el a quo no ha logrado demostrar adecuadamente el cumplimiento cabal del fallo de la Corte desde un plano funcional; asi no ha ponderado en forma suficiente el impacto que las medidas practicadas habrían tenido en función de los objetivos fijados y ha omitido explicar de qué manera fue evaluada la eficacia de su implementación Voto del juez Rosatti).

RECURSO EXTRAORDINARIO
El recurso interpuesto contra la sentencia de la Corte bonaerense que frente a la presentación realizada por el Consejo de Defensores de la Provincia de Buenos Aires resolvió que no debía ser resuelta en el contexto de la ejecución de sentencia correspondiente a la causa "Verbitsky" (Fallos: 328:1146 ), sino que debía ser objeto de un proceso distinto como un nuevo hábeas corpus colectivo y tramitar ante un juzgado de primera instancia no puede prosperar, pues la decisión apelada no es una resolución equiparable a sentencia definitiva y no causa a la parte recurrente ningún agravio de imposible o muy difícil reparación ulterior, ni tampoco decide un punto federal de manera irreversible Misidencia del juez Rosenkrantz).

RECURSO EXTRAORDINARIO
El recurso interpuesto contra la sentencia de la Corte bonaerense que frente a la presentación realizada por el Consejo de Defensores de la Provincia de Buenos Aires resolvió que no debía ser resuelta en el contexto de la ejecución de sentencia correspondiente a la causa "Verbitsky" (Fallos: 328:1146 ), sino que debía ser objeto de un proceso distinto como un nuevo hábeas corpus colectivo y tramitar ante un juzgado de primera instancia no puede prosperar, pues no se trata de una sentencia definitiva en tanto no se expide sobre la pretensión de fondo contenida en la presentación de los defensores, referida al agravamiento de las condiciones de detención en que se encuentran los reclusos del sistema penitenciario de la Provincia de Buenos Aires, sino se limita a señalar el tribunal que deberá sustanciar el proceso y dictar la sentencia de fondo Disidencia del juez Rosenkrantz).

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:1107 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-1107

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