DERECHOS HUMANOS
La Constitución Nacional, en tanto norma jurídica que reconoce derechos, lo hace para que estos resulten efectivos y no ilusorios, sobre todo cuando se encuentra en debate un derecho humano, pues de lo contrario, debería admitirse que la Ley Suprema enuncia derechos huecos, a ser llenados de cualquier modo por el legislador, o que no resulta más que un promisorio conjunto de sabios consejos, cuyo seguimiento quedaría librado a la buena voluntad de este último (Voto del juez Rosatti).
CARCELES
La fuerza normativa de la Constitución exige frente a mandatos concretos (tal como el que emerge del artículo 18 al establecer que las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas) que el Poder Judicial despliegue una actividad conducente para dirimir —en los casos que se presenten a sus estrados- si existe una violación a dicho mandato, no solo por acción sino también por la omisión de las autoridades encargadas de concretar tal exigencia constitucional y en dicho marco, la adopción de decisiones de naturaleza compleja y estructural deviene imprescindible a fin de garantizar la efectiva vigencia del mandato constitucional en juego y el respeto a los derechos que de él se desprenden (Voto del juez Rosatti).
EJECUCION DE SENTENCIA
La ejecución de sentencias como la establecida "Verbitsky" (Fallos:
328:1146 ) importa un proceso prolongado y complejo, en cuyo transcurso pueden cambiar los protagonistas iniciales (el universo concreto de afectados con nombre y apellido, que suelen ser reemplazados por otros), y aun las modalidades del agravio originario (algunos problemas pueden solucionarse en el tiempo, pero aparecen otros) manteniéndose no obstante- el cuadro crítico que promovió la presentación judicial colectiva (Voto del juez Rosatti).
CARCELES
La sentencia de la Corte bonaerense que entendió que el mandato que le impartió la Corte en la causa "Verbitsky" (Fallos: 328:1146 ) fue agotado y en consecuencia, remitió la presentación de los defensores depar
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:1106
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