Considerando:
19) Que María Cecilia Pando de Mercado promovió demanda contra la revista Barcelona o Editorial Gente Grossa S.R.L., con el objeto de que se le indemnizaran los daños y perjuicios derivados de la publicación de un montaje fotográfico con leyendas que consideró lesivas de sus derechos al honor y a la imagen.
El montaje controvertido ocupó la contratapa de la edición del 13 de agosto de 2010 que simulaba ser la tapa de una ficticia revista denominada "S/M Soy Milico". Consistía en una fotografía del rostro de la señora Pando de Mercado adosada a la de un cuerpo femenino ajeno desnudo envuelto en una red, acompañada de un texto que la actora calificó de pornográfico y reprodujo en su demanda: "¡PARA MATARLA! SOLTÁ
EL GENOCIDA QUE LLEVÁS DENTRO", "APROPIATE DE ESTA BE-
BOTA", "LAS CHICAS QUIEREN GUERRA ANTISUBVERSIVA", "LAS
DEFENSORAS DE PRESOS POLÍTICOS MÁS HOT DE PLAZA SAN
MARTÍN TE PIDEN POR FAVOR QUE LOS SUELTES", "CADENAS,
HUMILLACIÓN Y GOLPES (DE ESTADO)", "CECI PANDO SE ENCA-
DENA PARA VOS" (conf. copia obrante a fs. 3 del expediente principal.
Relató que cuatro días después de la publicación de la revista en cuestión, dedujo una acción de amparo y solicitó como medida cautelar que se adoptaran las disposiciones necesarias para retirarla de los quioscos de venta. La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, al revocar la decisión de grado, hizo lugar a lo requerido y ordenó retirar los ejemplares cuestionados en forma inmediata y prohibir su distribución futura. Finalmente, ante el allanamiento de la demandada al cumplimiento de la medida dispuesta y el cese de la comercialización de la revista, el magistrado de grado declaró que resultaba inoficioso un pronunciamiento sobre la acción de amparo, resolución que quedó firme.
No obstante, debido a que ya se habían vendido gran cantidad de ejemplares antes y después de la medida cautelar dispuesta, el 21 de agosto de 2012 María Cecilia Pando de Mercado promovió la demanda que dio origen a estas actuaciones.
29) Que la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a Gente Grossa S.R.L., firma editora de la revista Barcelona, a indemnizar los
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:2228
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