JUICIO DE APREMIO
La decisión que hizo lugar al juicio de apremio persiguiendo el cobro de la tasa por publicidad y propaganda para no residentes resulta arbitraria, pues omitió dar debida respuesta al agravio federal de la ejecutada sobre la base de argumentos aparentes, al no considerar adecuadamente los reproches relativos a la publicación de la ordenanza fiscal, vulnerando el debido proceso legal y la defensa en juicio del demandado (Voto del juez Rosatti).
SENTENCIA ARBITRARIA
Es arbitraria la sentencia que hizo lugar al juicio de apremio persiguiendo el cobro de la tasa por publicidad y propaganda para no residentes, pues el análisis de los planteos de la demanda, vinculados a la falta de publicación de las ordenanzas que servían de base al título ejecutivo, resultaba conducente para determinar la regularidad constitucional de la publicación, en tanto define -a tenor del principio de reserva de ley- la existencia y alcances de la obligación tributaria, como así también el momento desde el cual rige la norma jurídica (Voto del juez Rosatti).
RECURSO EXTRAORDINARIO
Las cuestiones relativas a la admisibilidad de los recursos locales, son privativas de los superiores tribunales de provincia y, en consecuencia, no resultan aptas para habilitar la instancia extraordinaria federal (Disidencia del juez Rosenkrantz).
RECURSO EXTRAORDINARIO
La decisión relativa a la admisión de los recursos ante los tribunales de provincia es de corte estrictamente local, sin que suscite cuestión federal alguna de las previstas en el art. 14 de la ley 48 (Disidencia del juez Rosenkrantz).
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:2189
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