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Fallos: 343:103 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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Traslado contestado por la parte actora, Swiss Medical S.A., representada por el Dr.

Andrés Gustavo Aznar, con el patrocinio letrado del Dr. Lucas A. Piaggio.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 11.


CALLEJAS, CLAUDIA y OTRA s/ VIOLACIÓN DE SECRETOS
RECURSO EXTRAORDINARIO
Es procedente el recuro extraordinario si la decisión apelada impide la continuación del proceso al dejar firme el rechazo de la participación de la querellante y el archivo de la causa, pues ello causa un gravamen de difícil reparación ulterior en tanto configura una denegación de acceso a la justicia a quien alega ser víctima de violencia de género, así como compromete la obligación del Estado de investigar con debida diligencia la posible comisión de hechos de violencia contra la mujer.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

RECURSO EXTRAORDINARIO
Si bien las decisiones que declaran la improcedencia de los recursos deducidos ante los tribunales locales no justifican la vía de la apelación extraordinaria en atención a su carácter procesal, corresponde hacer excepción a ese principio en salvaguarda de las garantías del debido proceso y de la defensa en juicio cuando la sentencia frustra la vía utilizada por el justiciable sin fundamentación suficiente.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

RECURSO EXTRAORDINARIO
Corresponde hacer lugar al principio conforme el cual las decisiones que declaran la improcedencia de los recursos deducidos ante tribunales locales no justifican la via de apelación extraordinaria en atención a su carácter procesal, si se encuentra en tela de juicios el alcance de los

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:103 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-103

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