y del derecho a la retribución justa, no resulta admisible la invocación de cuestiones relativas a la organización federal ni a supuestos vacíos normativos, para frustrar el efectivo goce de derechos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DESPIDO
La naturaleza laboral de la tarea prestada en casas particulares caería en saco roto, al tiempo de la extinción, si no se viera acompañada por la aplicación de las escalas nacionales a los rubros retributivos y resarcitorios adeudados, lo que se traduce en una diferencia, favorable a la trabajadora, superior al cincuenta por ciento.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DESPIDO
El superior tribunal provincial no pudo desconocer, al revocar la base salarial tomada en consideración para el cálculo de las diferencias y de los rubros derivados del despido, que la reclamante, como trabajadora, es sujeto de "preferente tutela constitucional" y que con arreglo al principio in dubio pro justitia socialis, la preceptiva debe ser interpretada a favor de quienes al serle aplicada con este sentido tienden a alcanzar el "bienestar", esto es, las condiciones de vida a través de las cuales es posible a la persona humana desarrollarse según su dignidad.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
T El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes hizo lugar parcialmente al recurso de inaplicabilidad de ley deducido por los demandados y, en lo que interesa, revocó la base salarial tomada en consideración para el cálculo de las diferencias y de los rubros derivados del despido (fs. 228/246 y 277/282 del principal, al que aludiré
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:955
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