Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 341:954 de la CSJN Argentina - Año: 2018

Anterior ... | Siguiente ...

ORTIZ, GRACIELA c/ SERPA DE TORRES, NIDIA v/o
TORRES, CARLOS v/o QUIEN RESULTE RESPONSABLE s/ DESPIDO

DERECHO A LA JUSTA RETRIBUCION
El art. 14 bis de la Constitución Nacional pone de manifiesto que el objeto y el sujeto principales sobre los que operó la reforma del año 1957 fueron el universo del trabajo y del trabajador y, de tal modo, bajo la luz del principio protectorio, asentaron su plaza en la cima del orden jurídico positivo diversos derechos inviolables del trabajador y deberes inexcusables por parte del Congreso de asegurarlos, en los que cabe señalar el derecho ala retribución justa y al salario mínimo.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DERECHO A LA JUSTA RETRIBUCION
Las disposiciones del art. 14 bis de la Constitución Nacional, que refiere al trabajo en sus diversas formas, resulta comprensivo del que se desarrolla tanto en el campo de la actividad pública como de la privada y, dentro de esta última, se incluye al que se despliega en las casas particulares.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DERECHO A LA JUSTA RETRIBUCION
La justicia del salario se determina por dos factores, en primer lugar la estimación económica, consistente, en definitiva en un juicio de valoración del trabajo y de su resultado y, en segundo lugar, es primordial en nuestro orden jurídico, la exigencia de que el salario proporcione el sustento de una vida digna del trabajador y de su familia.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DERECHO A LA JUSTA RETRIBUCION
Sentadas las bases en que se funda el derecho de la trabajadora de casas particulares a gozar de la protección de la garantía de salarios mínimos

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

51

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2018, CSJN Fallos: 341:954 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-954

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 341 Volumen: 2 en el número: 98 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos