ORTIZ, GRACIELA c/ SERPA DE TORRES, NIDIA v/o
TORRES, CARLOS v/o QUIEN RESULTE RESPONSABLE s/ DESPIDO
DERECHO A LA JUSTA RETRIBUCION
El art. 14 bis de la Constitución Nacional pone de manifiesto que el objeto y el sujeto principales sobre los que operó la reforma del año 1957 fueron el universo del trabajo y del trabajador y, de tal modo, bajo la luz del principio protectorio, asentaron su plaza en la cima del orden jurídico positivo diversos derechos inviolables del trabajador y deberes inexcusables por parte del Congreso de asegurarlos, en los que cabe señalar el derecho ala retribución justa y al salario mínimo.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DERECHO A LA JUSTA RETRIBUCION
Las disposiciones del art. 14 bis de la Constitución Nacional, que refiere al trabajo en sus diversas formas, resulta comprensivo del que se desarrolla tanto en el campo de la actividad pública como de la privada y, dentro de esta última, se incluye al que se despliega en las casas particulares.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DERECHO A LA JUSTA RETRIBUCION
La justicia del salario se determina por dos factores, en primer lugar la estimación económica, consistente, en definitiva en un juicio de valoración del trabajo y de su resultado y, en segundo lugar, es primordial en nuestro orden jurídico, la exigencia de que el salario proporcione el sustento de una vida digna del trabajador y de su familia.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DERECHO A LA JUSTA RETRIBUCION
Sentadas las bases en que se funda el derecho de la trabajadora de casas particulares a gozar de la protección de la garantía de salarios mínimos
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:954
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