Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 341:616 de la CSJN Argentina - Año: 2018

Anterior ... | Siguiente ...

el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 29, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 3.

RicaRDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE Nokasco (en disidencia) — Juan CArRLos MAQuEDA — Horacio RosATTI — CARLOs FERNANDO ROSENKRANTZ (en disidencia).


DISIDENCIA DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DoCTORA DoNa ELENA I.
HicHTON DE NoLasco Considerando:

Que la presente contienda de competencia se ha trabado entre dos jueces nacionales, por lo que -de acuerdo a lo reglado por el artículo 24, inciso 7", del decreto-ley 1285/58, sustituido por la ley 21.708— debe ser dirimida por el tribunal de alzada correspondiente a aquel que haya prevenido, en el caso, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal (Fallos: 303:206 ; 304:169 ; 314:646 ; 316:1532 ; 322:1150 ).

Por ello, y concordemente con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, remitanse las presentes actuaciones al indicado tribunal a sus efectos. Hágase saber a los magistrados intervinientes en la contienda.

ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco.


DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO Doctor Don CARLos FERNANDO
ROSENKRANTZ
Autos y Vistos:

1") Esta contienda de competencia suscitada entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 3 y el Juzgado Nacional

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

66

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2018, CSJN Fallos: 341:616 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-616

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 341 Volumen: 1 en el número: 618 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos