el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 29, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 3.
RicaRDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE Nokasco (en disidencia) — Juan CArRLos MAQuEDA — Horacio RosATTI — CARLOs FERNANDO ROSENKRANTZ (en disidencia).
DISIDENCIA DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DoCTORA DoNa ELENA I.
HicHTON DE NoLasco Considerando: 
Que la presente contienda de competencia se ha trabado entre dos jueces nacionales, por lo que -de acuerdo a lo reglado por el artículo 24, inciso 7", del decreto-ley 1285/58, sustituido por la ley 21.708— debe ser dirimida por el tribunal de alzada correspondiente a aquel que haya prevenido, en el caso, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal (Fallos: 303:206 ; 304:169 ; 314:646 ; 316:1532 ; 322:1150 ).
Por ello, y concordemente con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, remitanse las presentes actuaciones al indicado tribunal a sus efectos. Hágase saber a los magistrados intervinientes en la contienda.
ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco.
DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO Doctor Don CARLos FERNANDO
ROSENKRANTZ
Autos y Vistos: 
1") Esta contienda de competencia suscitada entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 3 y el Juzgado Nacional
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:616 
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