De Breuil y Arnaldo Higinio Toranzo fueron retirados por personal militar, amordazados, atados y conducidos en dos camiones militares, Gustavo Adolfo De Breuil junto a Toranzo en uno, y en otro, Vaca Narvaja junto a Eduardo Alfredo De Breuil, a una dependencia del Tercer Cuerpo de Ejército ubicada sobre Camino a La Calera donde fueron encerrados en una habitación, boca abajo, en el piso, por un lapso aproximado de media hora. También quedó acreditado que luego de ello, personal militar procedió a quitarle las esposas a los detenidos, atarles sus manos con trapos y amordazarlos, ubicando a Eduardo Alfredo De Breuil en un vehículo, mientras que los tres restantes fueron colocados en otro automóvil. En estas condiciones fueron trasladados a otro lugar donde tras hacer descender a los tres detenidos que venían en el mismo vehículo, la comisión del Ejército procedió a fusilarlos, obligando luego a Alfredo Eduardo De Breuil a observar los cuerpos sin vida de Vaca Narvaja, Toranzo y su hermano Gustavo, regresando después nuevamente al penal, sin perjuicio que desde el Comando del Tercer Cuerpo de Ejército se difundió de manera oficial la falsa noticia de que los nombrados resultaron abatidos como consecuencia de un intento de fuga producido durante un supuesto traslado de esos detenidos al Consejo de Guerra para ser interrogados por un juez militar" (conf. fs. 17.479/17.480).
Por estos homicidios, el tribunal de mérito condenó a Jorge Rafael Videla -Comandante en Jefe del Ejército Argentino y Presidente de la Junta Militar-, Luciano Benjamín Menéndez Jefe del IIT Cuerpo del Ejército y Comandante del Area 311- y a quienes entendió eran los "más altos responsables del sistema criminal en Córdoba"; Vicente Meli, Mauricio Carlos Poncet, Raúl Eduardo Fierro y Jorge González Navarro quienes revestían para esa época respectivamente los cargos de Jefe del Estado Mayor, Jefe de la División Personal, Jefe de la División de Inteligencia y Jefe de Asuntos Civiles de la Brigada de Infantería Aerotransportada IV. Por otra parte, absolvió a Osvaldo César Quiroga, teniente asignado al Regimiento de Infantería Aerotransportada II, quien estuvo a cargo del retiro de los detenidos del penal por orden de su superior inmediato; a Víctor Pino Cano, quien era el Jefe del Regimiento de Infantería Aerotransportada II, que dependía a su vez, de la Brigada de Infantería Aerotransportada IV y también a Francisco Pablo D'Aloia, Subteniente de Infantería que prestaba servicios en el Regimiento de Infantería Aerotransportada II.
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:403
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