la queja al principal, reintégrese el depósito efectuado y, oportunamente, remítase.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA 1. HIGHTON DE NoLasco — JUAN
CARLOS MAQUEDA — CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ.
Recurso de queja interpuesto por Citibank N.A., representada por el Dr: Gaspar Arturo Aguirre, con el patrocinio letrado de los Dres. Juan Antonio Stupenengo y María Carolina Muriago.
Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia n9 33.
D.L.V., A.M. s/ DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD
SUBSISTENCIA DE LOS REQUISITOS
Si en el curso del proceso se dictan nuevas normas atinentes a la materia debatida, la decisión de la Corte deberá atender también a las reformas introducidas por esas reglas, en tanto configuran circunstancias sobrevinientes al recurso de las que no es posible prescindir.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación abandona el arquetipo sustitutivo, adopta el modelo social de discapacidad y asume como idea central la capacidad de ejercicio en orden al pleno goce de los derechos, así como la presunción de capacidad y el carácter excepcional de su restricción (esp. arts. 1,2, 22, 23, 31, 32, 40 y 43).
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.
DISCAPACIDAD
Los pronunciamientos judiciales en materia de capacidad integran un ámbito intrínsecamente dinámico, por lo que no puede hablarse aquí de
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:266
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