SEGURA, MARÍA ELENA c/ EN -M DEFENSA- ARMADA - pro.
1336/05 435/09 s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA y DE SEG
CUESTION FEDERAL
En la tarea de establecer la inteligencia de normas federales, la Corte no se encuentra limitada por las posiciones del tribunal apelado ni por los argumentos de las partes, sino que le incumbe realizar una declaración sobre el punto disputado, según la interpretación que rectamente le otorgue.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
REMUNERACIONES
El carácter generalizado con que fue otorgado el suplemento por medio del decreto 1336/05 -modificado por su similar 430/09-, sin límite temporal y destinado a la totalidad del personal incluido en el régimen de investigación y desarrollos de las Fuerzas Armadas, impone que deba reconocerse su carácter remunerativo, toda vez que forma parte de la percepción normal, habitual y permanente y su contenido es de esencia retributiva, tal como se desprende de los decretos antes mencionados, en tanto señalaron el objetivo de tender hacia una justa equiparación de la situación salarial de investigadores y personal de apoyo a las investigaciones vinculadas con la Defensa Nacional y de adecuar sus remuneraciones.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
REMUNERACIONES
Corresponde reconocer naturaleza remunerativa a un "beneficio" cuando la norma de creación no proporciona elemento alguno que, desde el ángulo conceptual, autorizara a diferenciar su concesión, asumida por el empleador, de un mero aumento de salarios adoptado a la iniciativa de éste (Voto de los Dres. Ricardo Luis Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti).
Del dictamen de la Procuración General al que el voto remite
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:1097
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