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Fallos: 340:1931 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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cuestionamiento sobre la apreciación de los extremos fácticos y de su prueba, así como del encuadramiento de la conducta atribuida a Saladino en las causales de destitución imputadas, materia que era ajena al remedio intentado.

En definitiva, el superior tribunal provincial concluyó que la parte recurrente no había acreditado en forma nítida, inequívoca y concluyente la violación a las garantías constitucionales invocadas, razón por la cual el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley era inadmisible.

3 Que en la apelación federal el afectado sostiene, en cuanto a los recursos de inaplicabilidad de ley deducidos contra las resoluciones dictadas durante el trámite del enjuiciamiento, que el tribunal a quo no atendió a los argumentos que viabilizaban su tratamiento pues, según su juicio, las graves afectaciones a derechos constitucionales explicitadas determinan que se trata de resoluciones definitivas por involucrar agravios de imposible reparación ulterior.

En lo que atañe ala decisión de la corte local que denegó el recurso de inaplicabilidad de ley deducido contra la sentencia destitutoria del Jurado de Enjuiciamiento, el recurrente reedita en este recurso los mismos agravios invocados en las vías extraordinarias locales aludidas anteriormente, y menciona además lo atinente a la ausencia de la comisión bicameral en el debate, la errónea aplicación del art. 41 de la ley 13.661, la ausencia de una defensa técnica eficaz, y la absurda valoración probatoria realizada por el Jurado en su pronunciamiento final.

En punto a la afectación del derecho de defensa alegado, sostiene que la corte provincial no se ha hecho cargo de que el Jurado de Enjuiciamiento, al no respetar su pretensión de que el abogado que encabece su defensa fuera el que estaba imposibilitado de concurrir a la audiencia fijada y nombrársele en su lugar a un defensor oficial -al que calificó de inhábil e incompetente-, provocó un menoscabo al derecho de defensa en juicio del justiciable.

4) Que, a su turno, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, resolvió denegar, por inadmisible, el recurso extraordinario federal deducido por el defensor particular de Antonio Cayetano Saladino.

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1931 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-1931

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