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Fallos: 340:1784 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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Sobre este punto, la Corte Suprema ha afirmado que la inmunidad de arresto prevista en el artículo 69 de la Constitución Nacional no lesiona el derecho a la igualdad pues no privilegia a una persona sino a una función por razones de orden público (Fallos:

54:432 ). Más recientemente, dijo que "...la Constitución Nacional ha otorgado a los miembros del Congreso una inmunidad que no tiene por objeto su protección personal, sino que se inspira en un claro objetivo institucional..." (Fallos: 319:3026 , considerando 8").

En igual sentido, la inmunidad de arresto otorgada a los parlamentarios del Mercosur tiene por objeto garantizar el desempeño de la función encomendada por la soberanía popular. Así, esa inmunidad protege la eficacia del voto de los ciudadanos argentinos, que eligieron a sus representantes para desempeñarse en el Parlamento del Mercosur. Cabe recordar que ese órgano constituye un ámbito plural de participación social y política con competencias consultivas, declarativas y de fiscalización, y que asegura la representación de los intereses de los ciudadanos de los Estados parte y la deliberación democrática en el proceso de integración regional (preámbulo y arts. 2, 3 y 4, Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur).

Por ello, el artículo 16 de la ley 27.120 no configura una prerrogativa personal, sino que se trata de una garantía funcional prevista a fin de consolidar el proceso de integración regional y que no vulnera la igualdad ante la ley.

VI-
Una vez determinado el alcance y la constitucionalidad del artículo 16 de la ley 27.120, cabe ponderar la validez de la detención aquí impugnada.

Al respecto, cabe destacar que la detención de la señora S. tuvo lugar el día 26 de enero de 2016, cuando ya había sido elegida por sufragio universal y directo para desempeñarse como miembro del Parlamento del Mercosur en los comicios del 23 de octubre de 2015.

De tal modo, su detención lesionó la inmunidad de arresto que el Congreso de la Nación válidamente estableció a través del artículo 16 de la ley 27.120 y que tiene vigencia desde su elección en los términos del artículo 69 de la Constitución Nacional.

Esa restricción a su libertad se realizó sin llevar a cabo el procedimiento de suspensión de la inmunidad (art. 17, Reglamento Interno del Parlamento del Mercosur) y prescindiendo de la existencia de la

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1784 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-1784

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