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Fallos: 339:1796 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2016.

Autos y Vistos; Considerando:

1") Que la sentencia definitiva dictada en esta causa el 8 de julio de 2008 (Fallos: 331:1622 ), condenó a la Autoridad de Cuenca que contempla la ley 26.168 (en adelante, "Acumar") y —concurrentemente- al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cumplir con un programa (Plan Integral de Saneamiento Ambiental, en adelante "PISA") que debe perseguir tres objetivos simultáneos consistentes en: 1) la mejora de la calidad de vida de los habitantes de la cuenca; 2) la recomposición del ambiente en la cuenca en todos sus componentes (agua, aire y suelos); y 3) la prevención de daños con suficiente y razonable grado de predicción; fijando objetivos intermedios, sujetos a control periódico de los resultados.

2) Que en la audiencia pública celebrada el 30 de noviembre de 2016, se han constatado deficiencias en el cumplimiento del programa establecido en el pronunciamiento dictado por el Tribunal. Ello obliga a esta Corte a adoptar las medidas necesarias para el inmediato y más eficaz cumplimiento de la sentencia.

3") Que en función de ello, corresponde requerir a la Acumar, que establezca un sistema de indicadores que, conforme a los criterios internacionales de medición disponibles, permita -en un plazo perentorio de tres meses- medir el nivel de cumplimiento de los objetivos fijados por la sentencia en ejecución.

Asimismo, la Acumar deberá, al 1° de marzo de 2017, elevar un informe en el cual se detalle -—en forma sintética y precisa- un calendario con los objetivos de corto, medio y largo alcance para cada uno de los objetivos del PISA. Dicho informe deberá indicar el plazo de cumplimiento de cada uno de ellos.

Por otra parte, con la finalidad de controlar el cumplimiento de las obligaciones aquí impuestas, la Acumar deberá, a partir del dictado de esta resolución, presentar informes detallados, y de extensión moderada, sobre el avance de cada uno de los objetivos del PISA con la

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:1796 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-1796

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