Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 339:1304 de la CSJN Argentina - Año: 2016

Anterior ... | Siguiente ...

Por ello, se tiene por presentado en término, y se desestima, el recurso de revocatoria dirigido contra la sentencia de fs. 170. Notifíquese y estése a lo resuelto a fs. 170.

RicARDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NoLasco — JUAN

CARLOS MAQUEDA.
Recurso de evocatoria interpuesta por Unión Judicial de San Juan, en representación de los actores, representada por el doctor Sebastián López Balaguer, en calidad de presidente y apoderado, con el patrocinio letrado del doctor Horacio Rodríguez del Cid.

EDITORIAL EDIBA SRL c/ EDITORIAL ÁNGEL ESTRADA y
CIA. S.A. s/ DANOS Y PERJUICIOS

MANTENIMIENTO DE LA CUESTION FEDERAL
El recurso extraordinario no es procedente con respecto a cuestiones federales que, aunque oportunamente introducidas en el juicio, no fueron mantenidas durante el curso subsiguiente del proceso y esta omisión impidió que el tribunal a quo considerara y decidiera aquella materia.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de septiembre de 2016.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la parte actora en la causa Editorial Ediba SRL c/ Editorial Angel Estrada y Cía. S.A.

s/ daños y perjuicios", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que es doctrina de esta Corte que el recurso extraordinario no es procedente con respecto a cuestiones federales que, aunque oportunamente introducidas en el juicio, no fueron mantenidas durante el

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

86

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2016, CSJN Fallos: 339:1304 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-1304

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 339 Volumen: 2 en el número: 360 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos