Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala I.
Ministerio Público: No ha dictaminado.
PORTA, PEDRO JUAN c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE
S/ ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA
DERECHO A COMERCIAR LIBREMENTE
Corresponde rechazar el planteo de inconstitucionalidad de las normas provinciales que establecen la asesoría técnica veterinaria en los locales que expenden al por menor productos medicinales para animales ya que no debe confundirse el permiso otorgado por el SENASA para comercializar en todo el país los productos veterinarios con una de las categorías de la comercialización, la "venta libre", que está sujeta a los recaudos establecidos en las normas cuestionadas.
COMERCIO
La invocada incompatibilidad entre las normas nacionales y provinciales es inexistente si ambas establecen previsiones similares, promoviendo de ese modo un uso racional, informado y seguro de los productos veterinarios que tienen la posibilidad de ser adquiridos sin receta en los locales habilitados por la autoridad competente.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
T Como expresó este Ministerio Público a fs. 121/122, el señor Pedro Juan Porta, en su condición de titular del giro comercial "Porta" y "Laboratorio Porta", promovió una acción declarativa de certeza (art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) contra la Provincia
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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:993
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