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Fallos: 338:896 de la CSJN Argentina - Año: 2015

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Guillermo A. Fretes; por Horacio Gabriel Scapparone, representado por el Dr. Eduardo Patrón Costas, con el patrocinio letrado del Dr. Guillermo A. Fretes y por Carson R.

Mckissick, representado por el Dr. Eduardo Patrón Costas, con el patrocinio letrado del Dr. Guillermo A. Fretes.

Traslados contestados por la Comisión Nacional de Valores, representada por el Dr. Eduardo Patricio Basualdo Moine, con el patrocinio letrado de la Dra. Karina R. Bermúdez.

Tribunal de origen: Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

CORONEL, GUSTAVO JAVIER y Otros s/ HomicibIo CAUSA N9 96

RECURSO EXTRAORDINARIO
No obstante que las decisiones que declaran la improcedencia de los recursos interpuestos ante los tribunales de la causa no justifican, dada su naturaleza procesal, el otorgamiento de la apelación extraordinaria, cabe hacer excepción al principio en salvaguarda de las garantías del debido proceso y de la defensa en juicio, cuando concurren supuestos de arbitrariedad.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.

SENTENCIA ARBITRARIA
La decisión que denegó por extemporáneo el pedido de constituirse como parte querellante en una causa -y acto seguido, desestimó el recurso de apelación deducido contra el sobreseimiento en orden al delito de homicidio- pese a que aun no había expirado el plazo útil para apelar aún y la decisión, por tanto, no había adquirido todavía firmeza.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.

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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:896 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-338/pagina-896

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