didas de higiene y/o seguridad cuya repercusión económica aconseje uniformarlas en todo el territorio nacional a fin de garantizar su efectivo cumplimiento por parte de los administrados, conforme las normas jurídicas establecidas en la Ley N° 24.051" (el énfasis es agregado).
14) Que es propio de la exégesis buscar el verdadero sentido de la ley mediante un estudio atento de sus términos que consulte la racionalidad del precepto y la voluntad del legislador. De ahí, que lo importante es no ceñirse a rígidas pautas gramaticales sino computar el significado profundo de las normas, pues el cometido judicial no concluye con la remisión a la letra de estas, toda vez que los jueces, en cuanto servidores del derecho y para la realización de la justicia, no pueden prescindir de la ratio legis y del espíritu de aquellas (Fallos: 307:398 , voto del juez Fayt, y 330:1927 ).
En tal orden de ideas, resultan esclarecedores los conceptos vertidos en la Cámara de Senadores por el miembro informante con motivo del tratamiento del proyecto de la ley 24.051, así el senador Molina por la Provincia de Santa Cruz indicó que "El artículo 1" fija el ámbito del proyecto. Se entiende que esta norma se aplica a los residuos generados en jurisdicción nacional. También se aplica a los de jurisdicción provincial que sean transportados fuera de la provincia y a aquéllos que puedan pasar los límites de la provincia en la que han sido generados" (Cámara de Senadores de la Nación. Reunión 36, La Ley Tomo 1996-B, pág. 1859, párrafos 28 a 36).
15) Que de la interpretación armónica del art. 1° dela ley 24.051, del debate parlamentario que precedió su sanción en la línea enunciada, y de su reglamentación, corresponde concluir que, al no tratarse en el sub lite de transporte o traslado de residuos peligrosos, la aplicación directa de la ley 24.051 por la autoridad de aplicación nacional operaría si se verificara un supuesto de afectación de recursos interjurisdiccionales, tal como lo expresa el parágrafo 3° del art. 1° del decreto 831/93.
El carácter interjurisdiccional es la condición relevante para determinar cuál de las dos jurisdicciones gobierna la conducta ambiental de la planta Papel Prensa S.A.
16) Que de los términos legales referenciados se desprende sin lugar a duda alguna que, si se verifica que el acto, omisión o situación producida provoca degradación o contaminación en recursos ambien
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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:1210
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