15) Que una vez despejado el fundamento de habilitación constitucional de la Provincia de Santa Fe para legislar en la especie, corresponde examinar el alcance que esa regulación impone.
Al hacerlo, no debe soslayarse que en su esfera de injerencia, es incuestionable que el poder de policía corresponde a las provincias y estas lo ejercen dentro de su territorio. Tampoco puede prescindirse del contexto en el cual se desenvuelven las tensiones entre las provincias y la Nación, como rasgo propio del proceso federal, que implica reconocer que el federalismo no es ya estático, sino que permite avanzar en la concreción de políticas intercomunales y en una línea de gestión intergubernamental.
16) Que bajo esta interpretación, las relaciones y convergencias entre distintos niveles de gobierno resignifican las políticas públicas en orden a la protección de derechos fundamentales, en áreas tales como la salud, o en su caso, y valga solo a título ejemplificativo, en materias como el medio ambiente en el que se prevé la complementación provincial de acuerdo a específicas circunstancias locales (art. 41, Constitución Nacional).
17) Que con relación al derecho a la salud, el Tribunal tiene dicho que está íntimamente relacionado con el derecho ala vida, siendo este el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional; el hombre es el eje y centro de todo el sistema jurídico y en tanto fin en sí mismo —más allá de su naturaleza trascendente— su persona es inviolable y constituye un valor fundamental, con respecto al cual los restantes valores tienen siempre carácter instrumental (Fallos: 329:4918 ).
La tutela de este derecho es una manda consagrada por la Constitución Nacional, y contemplada en las Constituciones provinciales arts. 5" y 121), y por los tratados internacionales que tienen tal jerarquía (art. 75, inc. 22, de la Ley Suprema; art. 12, inc. c del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; inc. 1 de los arts. 4° y 5" de la Convención Americana sobre Derechos Humanos —pPacto de San José de Costa Rica—; inc. 1", del art. 6? del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; como así también el art. XI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y el art. 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; Fallos:
330:4647 , y causa CSJ 670/2006 (42-S)/CS1 "Sánchez, Elvira Norma c/
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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:1135
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