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Fallos: 337:1307 de la CSJN Argentina - Año: 2014

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DOMEC COMPAÑIA DE ARTEFACTOS DOMESTICOS SAIC y F c/ ESTADO NACIONAL pro. 493/04 y OTROS MINISTERIO pe
ECONOMIA resor. 186/03 y OTRAS s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO
EMERGENCIA ECONOMICA
La decisión estatal de suspender el régimen previsto por el decreto 1226/01 -en cuanto permitía cancelar obligaciones tributarias mediante el empleo de los CCF representativos de la amortización de los cupones de capital e interés con vencimiento hasta el 31 de diciembre de 2003 de ciertos títulos de la deuda pública nacional- constituyó una medida que no puede considerarse inválida, de acuerdo al criterio seguido por la Corte en el caso "Galli", ya que el decreto 493/04 dista de ser una decisión estatal desproporcionada o cercenatoria del derecho de propiedad de la sociedad actora y, por el contrario, se aprecia como una medida que razonablemente pudo ser adoptada para superar una situación de indiscutible emergencia, máxime considerando que, paralelamente y en el contexto de una solución ordenada que contempló a la totalidad de los acreedores, fueron formuladas ofertas de reestructuración de deuda que procuraron asignar un trato razonablemente equitativo a todos ellos, ya que en situaciones de emergencia no son adecuadas las decisiones que agotan su mira en un único acreedor o grupos de acreedores.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T-

A fs. 605/611, con la aclaratoria de fs. 639, la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de la instancia anterior en cuanto había declarado la inconstitucionalidad de los decretos 1.657/02, 2.243/02 y 493/04, pero la modificó en lo relativo al mecanismo de determinación, cuantificación y liquidación de los certificados de crédito fiscal (CCF, en adelante) que posee la actora, ordenando que a tal fin se aplicaran las pautas fijadas por el decreto 471/02.

Para así decidir, señaló que el régimen para la cancelación de impuestos nacionales mediante la libre utilización de los CCF implementado por el decreto 1.226/01 permanece suspendido desde el 6 de

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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1307 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-337/pagina-1307

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