388 336 //-1T0 DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Considerando:
Que esta Corte comparte y hace suyos en lo pertinente, los fundamentos y conclusiones vertidos en el punto III, último párrafo, del dictamen del señor Procurador General, a cuyos términos se remite en razón de brevedad.
Por ello, se desestima el recurso extraordinario. Con costas, Hágase saber y devuélvase el principal.
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A P ZA
7 AAA —A
ENRIQUE S. PETRACCHI
Recurso extraordinario interpuesto por Pedro C. Federico Hooft, con la defensa del br. Héctor M. Granillo Fernández.
Traslado contestado por el Dr. Ricardo Gustavo Weschler, Fiscal General.
Tribunal de origen: Sala IT, Cámara Federal de Casación Penal.
Tribunal que intervino con anterioridad: Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:388
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